Los límites de depósito

El nuevo sistema de límites de depósito conjuntos por jugadoraprobado mediante Real Decreto 520/2026, de 24 de junio de 2026, tiene como objetivo reforzar la protección de las personas que participan en actividades de juego online. Su función principal es permitir que los límites de depósito que establece cada jugador no se apliquen solo de forma separada en cada operador, sino que puedan tenerse en cuenta de manera conjunta. De este modo, se mejora el control sobre la cantidad total que una misma persona puede depositar para jugar, con independencia de que utilice una o varias cuentas en distintas plataformas.

La finalidad de este sistema es promover un entorno de juego más seguro. En la práctica, busca evitar que una persona pueda superar sus propios límites de depósito abriendo o utilizando cuentas en diferentes operadores. Así, se refuerzan las medidas de prevención frente a conductas de juego de riesgo y se ofrece a los usuarios una herramienta más eficaz para mantener el control de su actividad de juego y de sus decisiones económicas.

Los límites diarios, semanales y cuatri semanales de depósitos conjuntos son los siguientes:

  • 700 € al día (desde las 06:00h a 06:00h del día siguiente)
  • 1.750 € a la semana (desde el martes a las 06:00h hasta el martes siguiente a las 06:00h)
  • 3.300 €  cada cuatro semanas (desde el martes de la primera semana a las 06:00h hasta el martes de la cuarta semana a las 06:00h)

Estos límites serán plenamente disponibles para los participantes, ya que podrán aumentarlos, disminuirlos e incluso suprimirlos. El funcionamiento es sencillo, cada vez que una persona desee realizar un depósito, las operadoras de juego deberán tener en cuenta la información necesaria para comprobar si el nuevo depósito respeta el límite conjunto aplicable, para lo cual se pondrán en contacto con el sistema gestionado por la Dirección General de Ordenación del Juego. Este sistema se ha diseñado para funcionar con las debidas garantías de seguridad, confidencialidad y protección de los datos personales, de acuerdo con la normativa vigente.

Este nuevo mecanismo se enmarca en las políticas públicas de juego seguro, juego responsable y protección de las personas consumidoras, especialmente de quienes pueden encontrarse en una situación de mayor vulnerabilidad y supone un refuerzo de la capacidad de control del propio participante y una decisiva contribución a un entorno de juego online más seguro, transparente y orientado a la protección de las personas.

El sistema será aplicable a partir del 25 de marzo de 2027 y contará con un periodo de pruebas para la integración de los operadores de juego seis meses antes de esta fecha.

La Ley de regulación del juego contempla medidas de protección y de carácter preventivo que enmarcan la política de juego responsable de la DGOJ, entre las que cabe destacar los límites a los depósitos, no estando permitido el juego a crédito. Los límites diarios, semanales y mensuales de depósitos son los siguientes:

  • 600 € al día (00:00 a 24:00)
  • 1.500 € a la semana (desde el lunes a las 00:00 hasta el domingo a las 24:00)
  • 3.000 € al mes (primer día del mes a las 00:00 hasta el último día del mes a las 24:00)

Los operadores de juegos deberán ofrecer a los participantes la posibilidad de establecer voluntariamente límites a sus depósitos, por importes inferiores a los establecidos con carácter general. Cada participante podrá realizar su solicitud de forma expresa e individualizada. Las peticiones deberán ser satisfechas de forma inmediata por los operadores de juegos.

Cada participante, de forma expresa e individualizada, podrá solicitar a los operadores de juego el incremento de los límites de depósito o la desaparición de cualquiera de los límites que tenga establecido para su cuenta de depósito, por encima de los importes recogidos en el párrafo primero del apartado 1 de este artículo. Estas peticiones podrán ser atendidas por los operadores siempre y cuando, acumuladamente:

  1. La persona jugadora supere las pruebas de prevención de conductas adictivas del juego y de juego seguro que al efecto haya establecido la autoridad encargada de la regulación del juego.
  2. La persona no haya incurrido en un comportamiento de riesgo a lo largo de los últimos tres meses a partir del análisis histórico que, con motivo de la solicitud, los operadores de juego realicen sobre la trayectoria de aquel, con base en los criterios que al efecto establezca la autoridad encargada de la regulación del juego y que estarán relacionados, al menos, con su perfil, su forma de participar en los juegos y su comportamiento alejado de conductas adictivas del juego. En ausencia de dichos criterios, los operadores de juego aplicarán sus propios mecanismos y protocolos de detección de comportamientos de riesgo de sus participantes, de conformidad con la normativa aplicable en materia de juego responsable.

    Los nuevos límites entrarán en vigor en un plazo máximo de tres días a contar desde el cumplimiento de los dos requisitos anteriores.

    En todo caso, la autoridad encargada de la regulación del juego supervisará los procedimientos de aumento de límites y, a tal efecto, podrá solicitar de los operadores cuanta documentación estime pertinente para la comprobación de los trámites seguidos.

  3. No podrá solicitarse un aumento en los límites establecidos por el participante de conformidad con lo previsto en el apartado 3, si no han transcurrido tres meses desde el último aumento de dichos límites.