Concepto de comunicaciones comerciales

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¿Qué es una comunicación comercial?

Se considera una comunicación comercial a toda forma de comunicación, realizada por una persona física o jurídica, pública o privada, difundida por cualquier medio o soporte, destinada a promocionar, de manera directa o indirecta, las actividades de juego definidas en el ámbito de aplicación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, o las entidades que las realizan.

Difusión de un vídeo sobre un encuentro deportivo, de una entrevista a un deportista o de información de carácter deportivo

En las cuentas o canales de un operador de juego en una red social o en una plataforma de intercambio de vídeos, si el vídeo o el mensaje tiene contenido puramente informativo, esto es, cuando simplemente traslada información relativa al desarrollo del partido o evento deportivo, o cuando la entrevista a ese deportista se realiza por un medio de comunicación de manera independiente y desvinculada de un operador de juego, o en aquellos casos en que la información es estrictamente de carácter deportivo, entonces no tendría naturaleza de comunicación comercial.

En estos casos, el operador de juego procurará eliminar de dicho vídeo o mensaje cualquier imagen que permita asociar el contenido informativo con su marca, producto, o actividad.

¿Se considera una comunicación comercial la retransmisión de un sorteo o la difusión de sus resultados?

Tal y como señala específicamente la definición de comunicación comercial del Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, se excluye del concepto de comunicación comercial la retransmisión de un sorteo o la difusión de sus resultados.

¿Los juegos publicitados en las páginas web o aplicaciones de un operador son comunicaciones comerciales?

No son comunicaciones comerciales, porque se excluyen de dicha definición.

Ahora bien, si ese juego se publicita en un entorno distinto al de la propia página web del operador (por ejemplo, en la página web de un afiliado, o en una comunicación comercial audiovisual) entonces adquirirían tal naturaleza, con la consiguiente sujeción a las reglas contenidas en el Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre (entre otras, limitaciones a la aparición de personas o personajes de relevancia o notoriedad pública, principios de fijación de contenidos de comunicaciones comerciales, etc.)

Un GIF difundido por un operador de juego, ¿sería una comunicación comercial?

Un GIF es susceptible de ser una comunicación comercial, y, en consecuencia, debe respetar los principios de difusión de las comunicaciones comerciales previstos en el Real Decreto.

Por consiguiente, a título meramente ejemplificativo, en cumplimiento de los principios generales de aplicación de las comunicaciones comerciales, no podrían aparecer GIFs de menores de edad, o de dibujos animados que se orienten a un público menor de edad o que sean personajes de relevancia o notoriedad pública, etc.