Disponer de una cuenta de juego es un elemento imprescindible para poder participar en juegos online de ámbito estatal, y que deberá ser ofrecida por los operadores de juego, por lo que, no es admisible el cobro de una comisión por la disposición de una cuenta de juego activa, sin perjuicio de las consideraciones sobre la posible existencia de cuentas inactivas.
Por lo que respecta a las previsiones de información sobre los registros de usuario inactivos, en las Orientaciones se ha buscado un equilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes. Por una parte, el participante conserva la titularidad de los fondos depositados en su cuenta de juego hasta el momento en que dispone de ellos en una apuesta concreta y no está obligado a realizar apuestas. No obstante, desde la perspectiva del operador, el mantenimiento de cuentas inactivas puede tener implicaciones económicas, al diferir el número de participantes registrados y los que realmente tienen actividad, si bien es una eventualidad que debe prever en el clausulado del contrato.
En definitiva, lo que se persigue es la plasmación en el contrato de los elementos concretos para definir un registro como inactivo, y que el participante reciba una clara información de ello, así como de las posibles consecuencias que podría conllevar el mantenimiento de una cuenta inactiva. Además, en caso de que el operador considere ese mantenimiento como un servicio adicional de pago, previamente a cada cargo en cuenta por ese servicio adicional, se informará de ello al usuario con la suficiente antelación y de las alternativas de que dispone para evitar ese cargo.