Medidas de información y protección de las personas consumidoras

El Real Decreto 176/2023ha reforzado estas medidas de prevención. Estas medidas de prevención para las personas consumidoras de juegos de azar consisten en las siguientes:

  • Obligación de incluir de un enlace directo, fácilmente visible, a información sobre juego seguro en portales web y aplicaciones móviles de juego.
  • Habilitación de un servicio telefónico para la información y asistencia sobre juego seguro y comportamientos de riesgo.
  • Inclusión de medidas de juego seguro dirigidas a la clientela privilegiada del operador.
  • Envío de un mensaje específico a los nuevos jugadores sobre las características y la naturaleza de los juegos de azar a su disposición, sobre los riesgos asociados a la actividad de juego y sobre las políticas de juego seguro que mantiene el operador.
  • Configuración previa de la sesión de juego bajo la licencia general de «Otros juegos», y de los juegos de lotería instantánea o presorteada, donde la persona participante, antes de iniciar la sesión, deberá establecer el tiempo máximo que está dispuesto a emplear y la cantidad máxima en que está dispuesto a minorar en dicha sesión.
  • Establecimiento de límites en los importes de apuestas en directo, siendo estos 600 € al día (00:00 a 24:00), 1.500 € a la semana (desde el lunes a las 00:00 hasta el domingo a las 24:00), y 3.000 € al mes (primer día del mes a las 00:00 hasta el último día del mes a las 24:00).
  • Mensajes específicos de autoevaluación durante la sesión de juego relativos a la conducta de juego detectada.
  • Presentación de resultados en los juegos.
  • Disponibilidad de un resumen mensual de actividad.